El Tribunal Federal de Justicia Administrativa publicó recientemente un precedente en el que determinó que la orden de verificación de mercancías en transporte, al interior del recinto fiscal, es legal, incluso si dichas mercancías ya fueron sometidas al mecanismo de selección automatizada y obtuvieron “luz verde”, es decir, desaduanamiento libre.
Este criterio confirma que el desaduanamiento libre no limita las facultades de comprobación que la autoridad aduanera puede ejercer posteriormente sobre las mismas mercancías, siempre que se trate de actos distintos al reconocimiento aduanero ya concluido.
Entre dichas atribuciones se encuentran:
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La verificación de mercancías en transporte dentro de la aduana,
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La revisión de la documentación presentada durante el despacho,
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Y otras facultades previstas en el marco legal aplicable, como las contenidas en el Código Fiscal de la Federación.
En este sentido, es fundamental que los importadores y operadores de comercio exterior comprendan que la obtención de “luz verde” no implica inmunidad frente a verificaciones posteriores por parte de la autoridad aduanera.
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