Recientemente, se publicó en el DOF la "Resolución que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y otros participantes del mercado de valores", donde se menciona la nueva forma en que deben reportar las compañías que cotizan en las bolsas de valores en México.
Las compañías emisoras y participantes del mercado de valores tendrán la obligación de elaborar un informe anual que contenga la información de sostenibilidad, el cual deberá ser elaborado de acuerdo con las Normas de Sostenibilidad que sean aplicables según el tipo de entidad.
Los puntos clave de esta obligación son:
- El informe de sostenibilidad deberá presentarse para los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2025, mismo que se presentará en el año 2026.
- El informe de sostenibilidad 2025 podrá contar con la opinión de un auditor externo la cual no es obligatoria.
- El informe de sostenibilidad que se presente en el año 2027, correspondiente al ejercicio concluido al 31 de diciembre de 2026, deberá contar con la opinión de un auditor externo, al menos de manera limitada.
- A partir de los años subsecuentes, se deberá contar con una opinión de un auditor externo sobre la razonabilidad de las revelaciones que realicen las empresas.
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