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Cambios clave para Reglas de Comercio Exterior

Cambios clave para Reglas de Comercio Exterior

Negocios

El pasado 21 de octubre de 2025 se publicó en el DOF la Quinta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE). Estos son los cambios más relevantes que impactan directamente a importadores, exportadores y operadores logísticos:

Causales de suspensión en los padrones

Se fortalecen los controles en los Padrones de Importadores y Exportadores al incluir como causales la introducción al país de armas o narcóticos sin los permisos correspondientes, así como la importación de hidrocarburos o contratación de servicios regulados sin contar con autorización expedida por la autoridad competente.

Despacho en lugar distinto al autorizado

Para obtener esta autorización o su prórroga, ahora se exige demostrar que las instalaciones en las que se llevarán a cabo las operaciones por las que se solicita la autorización son adecuadas para realizar el despacho de las mercancías, contar con las concesiones y permisos pertinentes, así como cumplir con los estándares de seguridad requeridos.

Equipaje y franquicia de pasajeros

Se amplía el concepto de equipaje para incluir entre otros artículos, hasta dos tabletas electrónicas y, por otro lado, los pasajeros podrán introducir mercancías distintas de su equipaje como franquicia, hasta por un monto equivalente a 500 dólares, con independencia de que se ingrese al país por vía terrestre, aérea o marítima.

Cuaderno ATA

Se reforman las reglas aplicables a las asociaciones garantizadoras y expedidoras, incluyendo nuevas obligaciones operativas, controles y causales de cancelación.

Importación de mercancías para Copa Mundial

Se establecen reglas especiales para la importación temporal de mercancías destinadas a la Copa Mundial de la FIFA 2026, con requisitos específicos de autorización, aduanas habilitadas y condiciones de retorno o destrucción.

Rectificación de pedimentos

Ya no será necesaria autorización para corregir errores administrativos posteriores al “semáforo”, excepto en supuestos que impliquen devolución de contribuciones, cambio de régimen o modificación de número de serie en automóviles.

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