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REFORMA A LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

REFORMA A LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Legal corporativo

El día 3 de abril de 2026, publicó una reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) que introduce cambios relevantes en materia de patentes, marcas, diseños industriales y cumplimiento normativo, con implicaciones directas para empresas que tienen activos intangibles en México. A continuación, presentamos los principales cambios que incorpora la reforma:

  • Renovaciones de diseños industriales: El IMPI contará con un plazo máximo de dos meses para resolver solicitudes de renovación de diseños industriales.

  • Plazo máximo para resolver solicitudes: Se establece un plazo máximo obligatorio para que el IMPI emita resolución definitiva sobre el otorgamiento o negativa de patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, el cual no podrá exceder de un año contado a partir del inicio del examen de fondo, y fija además un plazo acelerado de dos meses para resolver solicitudes de esquemas de trazado de circuitos integrados.

  • Plazo máximo para resolver renovaciones: Se establece que el IMPI deberá emitir la resolución sobre la renovación del registro de marcas en un plazo máximo de cinco meses, cuando no hay objeciones u oposiciones.

  • Nuevas modalidades de marcas: Se reconocen expresamente marcas de posición, de movimiento y multimedia, ampliando las opciones de protección para estrategias comerciales.

  • Inscripción obligatoria de cambios corporativos: Los cambios de nombre o régimen jurídico del titular deberán inscribirse ante el IMPI para que surtan efectos frente a terceros.

  • Uso indebido de inteligencia artificial: La reforma incorpora sanciones por el uso de IA para falsificar, manipular o generar contenidos engañosos vinculados a marcas y otros derechos de propiedad industrial.
  • Ambush marketing: Se tipifican y sancionan las prácticas que busquen asociar una marca con eventos relevantes sin ser patrocinador oficial, fortaleciendo la protección de derechos exclusivos y limitando estrategias publicitarias que puedan inducir a error o aprovechar indebidamente la notoriedad del evento.

La reforma incrementa las obligaciones de cumplimiento legal, publicitario y tecnológico, pero también fortalece la protección de los activos intangibles. Las empresas deberán revisar con especial cuidado sus campañas de marketing, uso de inteligencia artificial, patrocinios, licencias y portafolios de propiedad industrial, a fin de mitigar riesgos legales y reputacionales y aprovechar de forma estratégica el nuevo marco normativo.

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