Legal corporativo

La SCJN confirma requisito para fortalecer la protección de marcas

Escrito por Garrido Licona | Jul 14, 2026 1:37:23 AM

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el Amparo en Revisión 624/2025, confirmó la constitucionalidad del artículo 409 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

Dicho artículo establece que, para acceder a ciertas medidas cautelares o reclamar daños y perjuicios por infracciones a derechos de propiedad industrial, el titular debe informar al público que sus productos o servicios están protegidos, mediante leyendas como “Marca Registrada”, “M.R.” o el símbolo ®.

La Corte determinó que este requisito no limita los derechos derivados del registro de una marca, sino que busca brindar certeza jurídica a terceros y proteger a quienes actúan de buena fe.

Esta resolución deja un mensaje clave: tener una marca registrada no siempre es suficiente.

Las empresas deben verificar que sus productos, envases, embalajes y materiales comerciales comuniquen adecuadamente que sus marcas están registradas. La omisión de estos avisos podría dificultar la reclamación de daños y perjuicios o la obtención de determinadas medidas de protección frente a una infracción.

Revisa cómo estás utilizando tus marcas registradas y asegúrate de incorporar las leyendas o los símbolos previstos por la ley. Una correcta identificación puede fortalecer su protección.

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