Recientemente se publicó un decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal y la Ley del Notariado para la Ciudad de México, en materia de contratación, documentos y archivos electrónicos, así como la celebración de Asambleas por medios electrónicos en las Sociedades y Asociaciones Civiles.
En resumen, se realizaron las siguientes modificaciones y/o adiciones:
- Las Asambleas de las Sociedades y Asociaciones Civiles, se podrán celebrar a través de videoconferencia y sus actas, podrán ser firmadas a través de la Firma Electrónica de los Socios o Asociados.
- Asimismo, los socios o asociados podrán adoptar resoluciones tomadas fuera de Asamblea, las cuales serán válidas siempre que se tomen por unanimidad y se confirmen por escrito en documento físico o electrónico, ya sea con la firma autógrafa o con la Firma Electrónica Avanzada de la totalidad de los socios o asociados.
- Se establece que el legado también puede consistir en la titularidad sobre bienes o derechos digitales almacenados en algún dispositivo electrónico.
- Se establece que testamento público abierto también podrá realizarse por medios electrónicos.
Contáctanos para lograr Resultados óptimos.
¡ASESÓRATE!