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¿Es inconstitucional la vulneración al secreto bancario?

¿Es inconstitucional la vulneración al secreto bancario?

Legal corporativo

Recientemente, se publicó una jurisprudencia emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante la cual se declaró inconstitucional que el Ministerio Público solicite a las Instituciones de Crédito, información así como documentación de carácter bancario y financiero perteneciente a las personas físicas o morales, para efecto de llevar a cabo una investigación de delitos sin autorización judicial previa; toda vez que la SCJN determinó que dicha situación vulnera el derecho a la privacidad establecido en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En razón de lo anterior, el Ministerio Público, como autoridad investigadora de los delitos, ahora se encuentra obligado en todo momento, a requerir al juez de control correspondiente, una autorización judicial previa para acceder a la información bancaria y financiera de una persona física o moral determinada, con el fin de presentar una querella en su contra.

Sin embargo, tratándose de materia fiscal, el criterio que ha sostenido la SCJN es aceptar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público puede solicitar información y documentación sobre los movimientos y cuentas bancarias de los contribuyentes, sin necesidad de orden judicial previa; lo cual resulta contradictorio con el criterio anteriormente declarado.

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