Recientemente el SAT dio a conocer que el CFDI de nómina podrá emitirse por los empleadores, hasta el 31 de marzo de 2023 y mientras tanto podrán usar la versión 3.3 con complemento de nómina en su versión 1.2 conforme al Anexo 20.
Igualmente, dio a conocer que para RESICOS personas físicas deberán contar con e.firma a más tardar el 31 de marzo de 2023.
Lo anterior se dio a conocer, en la segunda versión anticipada de la Novena Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022, con fecha del 1 de noviembre de 2022, misma que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOF.
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