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Tasa 0% del IVA es inaplicable a suplementos alimenticios

Tasa 0% del IVA es inaplicable a suplementos alimenticios

Fiscal legal

Recientemente, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó que no obstante los productos denominados suplementos alimenticios no se encuentran expresamente exceptuados para aplicar la tasa del 0% del impuesto al valor agregado (IVA); esto no significa que dicha tasa le sea aplicable a su enajenación.

En este sentido, el citado tribunal determinó que los suplementos alimenticios no se destinan única y exclusivamente a la alimentación, toda vez que se trata de productos que solamente la complementan o suplementan; por lo tanto, la enajenación de estos productos se encuentra sujeta a la tasa general del IVA al 16%.

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