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Solicitud de devolución negada deberá ser impugnada

Solicitud de devolución negada deberá ser impugnada

Fiscal legal

Recientemente, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió jurisprudencia mediante la cual se determinó que, si la autoridad fiscal niega a un contribuyente la devolución de un saldo a favor por deficiencias en la información y documentación aportadas, este perderá el derecho a presentar nuevamente la solicitud y, con ello, el monto reclamado.

El citado criterio confirma que un procedimiento de devolución de saldo a favor resuelto negativamente por la autoridad fiscal no puede ser modificado por una segunda solicitud, incluso si el contribuyente subsana las inconsistencias o irregularidades aportando elementos probatorios adicionales.

Bajo este escenario, la única vía para que el contribuyente recupere un saldo a favor que le fue negado será a través de la presentación de los medios legales de defensa correspondientes, en tiempo y forma, con el fin de preservar su derecho a obtener dicho saldo y evitar su pérdida definitiva.

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