Recientemente, el Poder Judicial de la Federación (PJF) publicó una jurisprudencia mediante la cual determinó que procede el juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) contra el acuse de recibo en el que la autoridad fiscal informa al contribuyente que no dio cumplimiento a los requisitos establecidos para presentar el aviso de cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) por fusión de sociedades.
Conforme al criterio del PJF, se determinó que el referido acuse de recibo constituye una resolución definitiva emitida por la autoridad que ocasiona una seria afectación para el contribuyente en materia fiscal, toda vez que al no permitirle cancelar el RFC, esta negativa obstaculiza tener por presentado el aviso de cancelación por fusión de sociedades, en tiempo y forma; y en consecuencia, la fusión sería considerada como una enajenación de bienes para efectos fiscales.
En razón de lo anterior, se abre la posibilidad para aquellos contribuyentes que el SAT informe a través del acuse de recibo, que no cumplieron con los requisitos para presentar el aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades, de poder revertir dicha resolución emitida por la autoridad fiscal, mediante sentencia que dicte el TFJA con motivo de la promoción de un juicio contencioso administrativo federal para tal efecto.
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