Con fecha 4 de junio de 2024, se publicó en el DOF, la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 (RMF-2024), la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación.
Adicionalmente, se publicaron modificaciones a los Anexos 1, 9, 11, 14, 23, 29 y 30, de la RMF-2024; y el Anexo 1-A, en el DOF del pasado 6 de junio de 2024.
A continuación, efectuamos nuestros comentarios con respecto a las modificaciones y adiciones a las diversas disposiciones fiscales contenidas en la citada Resolución, que consideramos relevantes:
- Procedimiento amistoso contenido en un Tratado para Evitar la Doble Tributación
Tratándose de la solicitud de inicio de un procedimiento amistoso contenido en un Tratado para Evitar la Doble Tributación vigente suscrito por México, se reforma esta regla para establecer que no será procedente dicha solicitud, entre otros, cuando:
No se manifieste expresamente en qué consiste la contravención al tratado para evitar la doble tributación, y se añade, a la “Convención Multilateral para Implementar las Medidas relacionadas con los Tratados Fiscales Destinadas a Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de Beneficios”, cuando resulte aplicable.
- Inscripción, reanudación y suspensión en el RFC de trabajadores
En materia de solicitudes de inscripción, suspensión y reanudación de trabajadores en el RFC, en el supuesto de que concluya la relación laboral con los trabajadores que fueron inscritos, o en su caso, a los que se realizó la reanudación de actividades en el RFC mediante el procedimiento establecido para tal efecto; también se precisa que el mismo empleador se encuentra obligado a presentar el aviso de suspensión correspondiente, de conformidad con la ficha de trámite 75/CFF "Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados".
- Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero
Por fin, se dio conocer a los contribuyentes que obtienen ingresos por intereses y ganancia cambiaria generados por depósitos o inversiones efectuadas en instituciones residentes en el extranjero que componen el sistema financiero, el factor de acumulación aplicable al monto de dichos depósitos o inversiones al inicio del ejercicio fiscal de 2023, que es de 0.0000. Dicho factor debió haber sido publicado en el DOF por el SAT, el pasado mes de febrero de 2024.
- Presentación de la declaración del ISR del ejercicio por liquidación para personas morales del régimen general de ley
Mediante esta regla se establece que tratándose de las declaraciones anuales por cada ejercicio en el que las personas morales del régimen general de Ley se encuentren en liquidación o en la declaración final del ejercicio de liquidación, estas deberán presentarse a través del aplicativo "Presenta tu declaración anual personas morales. Régimen general ejercicios 2019 y posteriores".
- Beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas por el huracán OTIS
Se incorpora a la RMF-2024, un nuevo el Capítulo 11.14 denominado Del Decreto por el que se Otorgan Diversos Beneficios Fiscales a los Contribuyentes de las Zonas Afectadas que se Indican, por Lluvias Severas y Vientos Fuertes Durante el 24 de octubre de 2023, Publicado en el DOF el 13 de diciembre de 2023.