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Operaciones con comprobantes fiscales falsos amerita prisión preventiva oficiosa

Operaciones con comprobantes fiscales falsos amerita prisión preventiva oficiosa

Fiscal legal

El día 31 de diciembre de 2024, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la reforma al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en materia de prisión preventiva oficiosa (PPO), mediante la cual se establece su incorporación al catálogo de delitos a:

  • Cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales, en los términos fijados por la ley.

En términos generales, la aplicación de la PPO, como medida cautelar, en perjuicio de una persona física, incluyendo a los representantes legales de una persona moral, consiste en que un juez en forma automática la vincule a proceso por la comisión del delito de referencia, y como consecuencia ordene su encarcelamiento; por lo que partir de este hecho, comenzará su defensa, para tal efecto, en prisión.

En este contexto, consideramos que es fundamental contar con un enfoque preventivo, consistente en un estricto y adecuado control y manejo de las operaciones realizadas por las empresas, con motivo de la enajenación y adquisición de bienes y servicios, con sus clientes y proveedores residentes en el país, respectivamente, a efecto de no incurrir en algún riesgo o contingencia de carácter fiscal-penal, antes mencionado, por el cual amerite la aplicación de la PPO, apoyándose también en herramientas tecnológicas que permitan la automatización de proceso de control y seguimiento de las operaciones.

Al respecto es importante destacar que las razones o justificaciones que se consideraron para realizar la reforma en comento, fueron las siguientes:

  • Combatir la evasión fiscal y el lavado de dinero que afecta gravemente la economía nacional, así como a diversos sectores que se dedican a la prestación de servicios.

  • Se ha identificado por la autoridad fiscal a más de diez mil sujetos que realizaron la emisión de comprobante fiscales falsos que contenían operaciones simuladas o inexistentes.

  • Con la implementación de la PPO se busca proteger los recursos del Estado, asegurar que quienes incurran en estas prácticas delictivas no evadan la acción de la justicia, ni continúen afectando la recaudación pública.

La reforma constitucional en cuestión entró en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federal; por lo que habrá que mantener un enfoque de prevención para soportar la materialidad de las operaciones para efecto de demostrar la efectiva adquisición de bienes y/o recepción de servicios.

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