El 26 de agosto de 2026, la Comisión Nacional de Energía (CNE) informó que implementará un Programa de Registro temporal y excepcional para personas que cuenten con instalaciones destinadas al almacenamiento de petrolíferos para usos propios.
Este esquema aplicará a quienes resguarden combustibles para utilizarlos exclusivamente en procesos industriales, productivos o de transformación, y funcionará como mecanismo de transición mientras se publica la normatividad necesaria para obtener el permiso correspondiente ante la CNE.
Cabe destacar que dicho registro no autoriza la comercialización ni el suministro de combustibles a terceros. Su finalidad será contar con información actualizada sobre las instalaciones existentes, así como fortalecer la supervisión de esta actividad y mejorar la trazabilidad de las operaciones.
Ante este nuevo esquema regulatorio, las empresas deberán identificar si se encuentran dentro de este supuesto y prepararse oportunamente para el cumplimiento de las nuevas disposiciones.
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