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Mecanismos alternativos de solución de controversias

Mecanismos alternativos de solución de controversias

Fiscal legal

En fechas recientes, se ha estado discutiendo en el Congreso de la Unión, la Ley General de Medios Alternativos de Solución de Controversias (LGMASC), la cual fue aprobada por el Senado, el pasado 5 de diciembre de 2023. Dicha Ley tiene como objetivo dar cumplimiento a una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ordenó a dicho Congreso emitir la citada Ley.

Con la aprobación de la LGMASC, la cual trata de regular la resolución de conflictos o diferencias suscitadas entre los particulares y las autoridades federales a través de una mediación o conciliación, también se espera que las controversias fiscales entre el fisco federal y los contribuyentes se resuelvan a través de estos medios alternativos de solución de controversias, sin demora y a un bajo costo.

Derivado de lo anterior, se crearán los Centros de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (CMASC) que formarán parte del propio Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en donde se destaca la existencia y la incorporación de profesionales calificados por la especificidad y tecnicismos de la materia, denominados facilitadores.

Para el debido funcionamiento de los CMASC, el proyecto de Ley contempla la necesidad de emitir lineamientos específicos para su operación; por lo que de la lectura de la Ley, se desprende la necesidad de realizar ciertas adecuaciones a otros ordenamientos; tal es el caso de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Asimismo, el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece un procedimiento específico de solución de conflictos, a través de lo que se conoce como Acuerdos Conclusivos, que tienen como objetivo resolver anticipadamente una revisión o auditoría realizada por las autoridades fiscales; mismos que la nueva Ley es totalmente omisa al respecto.

A reserva de que se emitan los lineamientos que regulen en lo particular dichos mecanismos, es importante estar al pendiente del proceso legislativo respecto de este proyecto de Ley, para poder confirmar la convivencia y función, en su caso, de los CMASC conjuntamente con los Acuerdos Conclusivos regulados en el CFF.

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