Recientemente, un Tribunal Colegiado de Circuito publicó un criterio mediante el cual se determinó que cuando en un procedimiento de devolución de saldo a favor, la autoridad fiscal cuestione la materialidad de las operaciones amparadas con comprobantes fiscales digitales por internet, el contribuyente podrá acreditar dicha materialidad a través de la prueba presuncional.
En este contexto, conforme al criterio del tribunal existen operaciones que, por su naturaleza, son difícilmente demostrables; por lo que a través de este criterio se permite que de la totalidad de las pruebas documentales que ofrezca el contribuyente estén relacionadas entre sí, a fin de generar una presunción de que dichas operaciones se llevaron a cabo, y con ello, tener por demostrada la veracidad de la realización de las mismas.
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