Con fecha 24 de febrero de 2026, el SAT dio a conocer mediante la primera versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2026, el factor de acumulación aplicable para depósitos o inversiones efectuadas en el extranjero.
En este contexto, las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos por concepto de intereses y ganancia cambiaria generados por depósitos o inversiones efectuadas en instituciones residentes en el extranjero que componen el sistema financiero, podrán optar por calcular el monto acumulable de dichos ingresos, aplicando al monto del depósito o inversión que corresponda, al inicio del ejercicio fiscal de 2025, el factor de acumulación calculado por el SAT para tal efecto de 0.0484.
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