Con fecha 7 de noviembre de 2023, se publicaron en el Portal del SAT, de manera anticipada, modificaciones a la OCTAVA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, donde se destacan diversas facilidades administrativas otorgadas en beneficio de las personas afectadas por el Huracán "Otis", en el estado de Guerrero, así como los requisitos aplicables, que a continuación se indican:
- La inscripción en el RFC, generación o renovación de e.firma de las personas físicas afectadas.
- La obtención de Cédula de Identificación Fiscal y Constancia de Situación Fiscal de las personas físicas afectadas.
- La solicitud de datos en el RFC para timbrado de CFDI con complemento de nómina de las personas físicas afectadas.
Tratándose de esta última facilidad, los contribuyentes que realicen pagos por los conceptos de sueldos y salarios, así como remuneraciones asimiladas a salarios, y que estén obligados a emitir el CFDI por los mismos, cuyo domicilio fiscal, agencia, sucursal o establecimiento se encuentre dentro de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez del estado de Guerrero, podrán efectuar la solicitud de datos en el RFC sin necesidad de cumplir con el requisito referente a que hayan efectuado pagos por salarios por los últimos doce meses a la persona subordinada, cuyos datos son requeridos; esta facilidad respecto del cumplimiento de dicho requisito solo estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2023.
Dicha Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF; sin embargo, toda vez que las modificaciones de referencia fueron dadas a conocer anticipadamente en el Portal del SAT, su contenido surtirá efectos a partir de ese momento.
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