Los contribuyentes que hayan emitido CFDI de nómina correspondiente al ejercicio fiscal de 2023 con errores u omisiones en su llenado o versión, podrán por esta única ocasión realizar la corrección que corresponda, siempre y cuando el nuevo comprobante fiscal que se elabore se emita a más tardar el próximo 29 de febrero de 2024, y se cancelen los comprobantes que sustituyen.
Cabe señalar que el CFDI de nómina que se emita en atención a dicha facilidad, se considerará emitido en el ejercicio fiscal de 2023, siempre que refleje como “fecha de pago”, el día correspondiente a 2023 en que se efectuó el pago asociado a dicho comprobante fiscal.
Asimismo, la aplicación del beneficio antes mencionado no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que, en su caso, procedan.
Contáctanos para lograr Resultados Óptimos.
¡ASESÓRATE!