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Ejercicio erróneo de la opción a dictaminarse no genera obligaciones

Ejercicio erróneo de la opción a dictaminarse no genera obligaciones

Fiscal legal

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) emitió un criterio recientemente, mediante el cual se determina que en caso de que un contribuyente haya optado señalar por error en su declaración anual, la presentación del dictamen de sus estados financieros para efectos fiscales, esto se puede subsanar mediante la presentación de una declaración complementaria.

Bajo este escenario, la autoridad fiscal no se encuentra facultada para exigir la presentación del dictamen fiscal, en caso de que el contribuyente no actualice ninguno de los supuestos referidos al ejercicio inmediato anterior, con respecto al monto de los ingresos acumulables, el valor de los activos, así como el número de trabajadores, mismos que son aplicables para efecto de poder efectuar el ejercicio de dicha opción.

Cabe destacar que el criterio anterior se originó derivado de que la autoridad requirió al contribuyente la presentación del dictamen fiscal de sus estados financieros, sin que este calificara en los supuestos establecidos para poder ejercer dicha opción; por lo cual la pretensión de la autoridad fiscal se consideró improcedente.

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