El día 25 de julio de 2023, se publicó en el DOF, la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2023 y anexos 1, 2, 4 ,21, 22 y 27, en la que además contiene lo que se dio a conocer en la Primera publicación anticipada de la Tercera Resolución sobre la nueva fecha para declarar en las operaciones de comercio exterior con el folio del CFDI con complemento Carta Porte que será a partir del 1° de enero de 2024.
A continuación, se destacan las siguientes modificaciones:
Aquí dicha Regla distingue la presentación del recurso de revocación según se trate de que la Autoridad que emitió o ejecutó el acto impugnado, sea del SAT o de la ANAM.
En la fracción I, se precisa que los montos del IVA y en su caso del IEPS causados, se deberán determinar y pagar con las actualizaciones y recargos, calculados en los términos de los artículos 17-A y 21 del CFF, a partir de la presentación de los pedimentos de las mercancías que fueron sujetas al crédito fiscal y hasta que se efectúe el pago.
En la fracción II, se modifica para indicar el pago de los impuestos causados mediante el formulario mencionado.
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