De acuerdo a la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resulta que no es necesario que el SAT expida las Reglas que indiquen la mecánica para aplicar la proporción de la limitante de la deducción de intereses netos de forma consolidada en empresas que pertenezcan a un grupo empresarial.
Esta resolución puede generar incertidumbre, ya que conforme a Ley puede ser cuestionable la existencia de la mecánica, ni permite conocer en qué proporción podrán aplicar la deducción.
Lo anterior se resolvió por la Segunda Sala de la SCJN que señala que no es inconstitucional la omisión del SAT para emitir las reglas para aplicar de forma consolidada (como grupo) la limitante de deducción de intereses netos que entró en vigor el 1 de enero de 2020, porque el legislador ya estableció los requisitos y condiciones para aplicar dicha mecánica y, en su caso, la remisión a las reglas que omitió expedir el SAT solo podrían regular aspectos operativos.
Si tienes alguna duda acerca de cómo aplicar la mecánica a la limitante de la deducción de intereses, acércate con los asesores.
Contáctanos para lograr Resultados Óptimos.
¡ASESÓRATE!