El día de hoy 27 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal (RFM) 2023 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19, 26 y 27. La RMF entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de dicho año.
Son pocos cambios los que se incluyen en la RMF 2023, pero te invitamos a leer el Tip Fiscal que estamos preparando para detallar cuáles son los más relevantes.
En resumen, podemos adelantarte los siguientes:
- Se dan a conocer las cantidades actualizadas del CFF, así como las tarifas para el pago de declaraciones provisionales, retenciones y anual.
- El SAT crea el órgano colegiado encargado de aplicar las normas de anti abuso.
- Simplificación administrativa para personas físicas y evitar sanciones por no habilitar el buzón tributario.
- Simplificación en emisión de CFDI para quienes presten el servicio de transporte dedicado y los que presten el servicio de traslado de fondos y valores de emitir un CFDI de ingreso, sin el complemento carta porte.
- Facilidades para la emisión del CFDI con complemento de nómina con información del SAT.
- Procedimiento para atender cartas invitación o exhortos frente a la autoridad fiscal.
- Nuevas reglas para RESICO, entre otras.
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