El pasado 18 de enero de 2021 el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer la Segunda Versión Anticipada de la Cuarta Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 y su Anexo 22, en la que se establece lo siguiente:
- Despacho aduanero de mercancías que serán importadas de manera definitiva a la Región Fronteriza de Chetumal, así como su reexpedición al resto del territorio nacional.
- Modificaciones al Anexo 22 de las RGCE 2020.
- Claves de pedimento (Apéndice 2)
- Identificadores (Apéndice 8)
- Destino de las mercancías (Apéndice 15)
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