Fiscal legal

Publican reforma a la Ley de Amparo

Escrito por Garrido Licona | Oct 17, 2025 1:44:07 AM

Este 16 de octubre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Amparo, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

En lo que respecta a la Ley de Amparo, se destacan los siguientes cambios en materia fiscal:

  • La suspensión respecto de créditos fiscales firmes solo procederá cuando se garantice el interés fiscal mediante billete de depósito o carta de crédito. Además, se refuerzan los criterios de ponderación con base en el principio de apariencia del buen derecho y el interés social.

  • Se incorporan nuevos supuestos de improcedencia de la suspensión, para casos relacionados con operaciones financieras ilícitas o con el ejercicio de facultades vinculadas a la deuda pública.

  • Se establece un plazo máximo de 90 días para dictar sentencia.

  • Se modifica el concepto de interés legítimo, de tal forma que quien promueva un amparo deberá acreditar una afectación individual o colectiva, real y diferenciada respecto del resto de las personas.

  • Finalmente, como parte de los transitorios, se establece que las etapas procesales posteriores a la entrada en vigor del Decreto se regirán por las nuevas disposiciones, sin que ello implique una aplicación retroactiva.

Por otro lado, en lo correspondiente a las modificaciones del Código Fiscal de la Federación, así como de la Ley Orgánica del TFJA, se prevé la improcedencia de los medios de defensa promovidos en contra de créditos fiscales firmes o prescritos.

Esta reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo que marca el inicio de la aplicación de las nuevas disposiciones.

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