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Prórroga para el cumplimiento del etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas

Prórroga para el cumplimiento del etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas

Fiscal legal

Mediante comunicado de prensa, la Secretaría de Economía (SE) dio a conocer que del 1° de abril al 31 de mayo de 2021 no se sancionará el incumplimiento de la fase 2 de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, (misma que entra en vigor el próximo 1 de abril del presente año), en la cual se establece nueva información comercial y sanitaria que deberán tener los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas. En dicho comunicado, se señala que la Procuraduría Federal del Consumidor, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y la Dirección General de Normas de la SE, acordaron que podrán coexistir en los anaqueles, productos que cumplan con lo establecido en la fase uno y productos idénticos que cumplan con la fase dos. Por consiguiente, no se sancionará la comercialización de los productos que, habiendo cumplido con la fase uno, no cumplan con lo dispuesto para la fase dos. Al respecto, se espera que en próximos días se publique en el Diario Oficial de la Federación el correspondiente Acuerdo Interinstitucional entre las autoridades antes mencionadas, por lo que se recomienda a todas las empresas que importen o comercialicen productos que deban cumplir con la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, valoren la rotación de sus inventarios y demás características de sus productos a efecto de tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de las especificaciones de su etiquetado, evitando así, la imposición de multas, inmovilización de productos y demás sanciones que pudieran suscitarse.

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