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Programa para regularizar la importación de vehículos usados (autos chocolate)

Programa para regularizar la importación de vehículos usados (autos chocolate)

Fiscal legal

El lunes 18 de octubre de 2021 se publicó en la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Acuerdo por el que se instruyen diversas acciones a las dependencias que se indican, en relación a la importación definitiva de vehículos usados”, del cual se destacan los siguientes aspectos: Programa para incentivar la regularización Mediante el Acuerdo en estudio, se instruye a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP), de Economía (SE) y de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), a elaborar un Programa que incentive a las personas físicas que residen en la región fronteriza norte (misma que comprende los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, y en el estado de Baja California Sur), para llevar a cabo la regularización de los vehículos automotores usados, de procedencia extranjera, que se encuentren en dichos estados, con base en el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados vigente. Dicho Programa deberá comprender (i) acciones en comunicación social, (ii) otorgamiento de facilidades administrativas y, en su caso, (iii) la elaboración de un nuevo proyecto de Decreto para regular la importación definitiva de vehículos usados, (iv) así como cualquier otra acción que promueva la regularización de tales vehículos por parte de la población. Facilidades administrativas y acciones para la promoción de la regularización Se establece que la SHCP, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), establecerá las facilidades administrativas necesarias para que las personas físicas lleven a cabo las acciones legales para la aplicación del Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados vigente y demás disposiciones legales aplicables. Asimismo, se establece que independientemente de las disposiciones que establezca la SHCP, el SAT podrá expedir las disposiciones de carácter general que sean necesarias para la correcta y debida aplicación del Acuerdo en estudio. Por su parte, la SSPC en coordinación con los gobiernos estatales, implementará acciones tendientes a identificar y registrar la circulación de vehículos automotores usados que no cumplan con su legal importación definitiva al país, para hacerlo del conocimiento al SAT y se promueva la regularización de los citados vehículos. Asimismo, se establece que la SSPC, se encargará de la inscripción en el Registro Público Vehicular a cargo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad, una vez que se realice la importación definitiva de los citados vehículos. Destino de Ingresos Los ingresos que se obtengan por las contribuciones derivadas de la importación definitiva de vehículos usados en la Región Fronteriza Norte y el Estado de Baja California Sur, así como por las sanciones aplicadas por exceder el plazo de retorno de vehículos usados importados temporalmente a dicha Región y entidad federativa, serán destinados conforme a lo que establezca la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente. Entrada en vigor Mediante disposición transitoria se establece que el Acuerdo en comento entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Se especifica que las facilidades que se establezcan conforme a lo ordenado en el Acuerdo en comento, únicamente serán aplicables respecto de los vehículos que, hasta la fecha de entrada en vigor de éste, se encuentren en la región de aplicación, incluyendo el estado de Baja California Sur. Por lo anterior, recomendamos a todas las personas considerar los próximos cambios a implementarse y, en su caso, emplear las facilidades que se lleguen a otorgar para la regularización e importación de vehículos usados.
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