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Prórroga para la habilitación del Buzón Tributario

Prórroga para la habilitación del Buzón Tributario

Fiscal legal

Mediante la Cuarta Disposición Transitoria de la RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2024, publicada el 29 de diciembre de 2023, en el Diario Oficial de la Federación, vigente a partir del 1° de enero de 2024, se otorga una prórroga que señala lo siguiente:

Aquellos contribuyentes que no hayan cumplido con la obligación de habilitar el buzón tributario, o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, les será aplicable la imposición de la multa o sanción correspondiente, a partir del 1 de enero de 2025 (anteriormente hasta el 1 de enero de 2024).

Dicho buzón tributario es el medio o canal de comunicación entre el Servicio de Administración Tributaria y los contribuyentes para efectos de la presentación de promociones, solicitudes y avisos, para mantener actualizado el debido cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Cabe mencionar que tratándose de contribuyentes personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o que estén suspendidos (inclusive personas morales), así como aquellos que hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios (incluyendo ingresos asimilados) en el ejercicio inmediato anterior menores a $400,000.00, podrán optar por no habilitar el buzón tributario.

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