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NUEVO CRITERIO SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR

NUEVO CRITERIO SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR

Fiscal legal

La Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) emitió una jurisprudencia en el año 2022, en donde se confirmaba que los contribuyentes podían variar su situación fiscal con la presentación de declaraciones complementarias; lo cual generaba la posibilidad para los contribuyentes de tener una nueva oportunidad de solicitar saldos a favor del impuesto al valor agregado (IVA) que habían sido negados en declaraciones complementarias presentadas previamente.

Sin embargo, recientemente, el citado Tribunal determinó que suspenderá la aplicación de dicha jurisprudencia favorable a los contribuyentes, toda vez que de permitirse una segunda oportunidad o reconsideración para efectuar la solicitud de devolución del saldo a favor del IVA, se vulneraría el principio de presunción de legalidad de las resoluciones emitidas por las autoridades fiscales.

El cambio de criterio con respecto a la primera resolución emitida por la TFJA obedece a las recientes posturas sostenidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que van en el mismo sentido; por lo tanto, ahora habrá que ser muy cautelosos con relación a las negativas de devolución de saldos a favor del IVA, que se generan con base en las declaraciones complementarias, a efecto de prestarles el mayor cuidado y diligencias debidas.

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