De acuerdo con diversos medios informativos impresos que circulan, así como en redes sociales, se señala que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un asunto en donde esta determinó que el complemento de la Carta Porte es constitucional.
Sin embargo, conforme al proyecto de sentencia correspondiente, se aprecia que la SCJN únicamente validó la facultad que tiene el Poder Legislativo para efecto de que el SAT establezca los requisitos de emisión del complemento de la Carta Porte; cuya situación no invade esferas de competencia del Congreso de la Unión para regular actos de comercio.
En este sentido, se hace necesario aclarar que la SCJN no resolvió de manera categórica sobre la constitucionalidad del complemento de la Carta Porte, sino que solamente manifestó que dicho argumento no es suficiente para determinar su inconstitucionalidad.
Bajo este escenario, todavía existen diversos amparos pendientes de resolución en contra del complemento de la Carta Porte, cuyos argumentos no han sido estudiados y analizados por la SCJN; como son los de violación a la seguridad jurídica, legalidad, razonabilidad, entre otros, sobre los cuales, eventualmente, se deberán estar pronunciando nuestro Tribunales.
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