Fiscal legal

Deducción de pagos por servicios de enseñanza

Escrito por Garrido Licona | Oct 3, 2024 7:13:17 PM

Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN dieron a conocer una Iniciativa de reforma en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con la finalidad de considerar como deducción personal, para efectos de la determinación del impuesto anual de las personas físicas, lo siguiente:

“Los pagos totales por servicios de enseñanza correspondientes a los tipos de educación básico, medio superior y superior a que se refiere la Ley General de Educación, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta”.

 

En cumplimiento de lo anterior, se establece como requisito que dichos pagos se deben realizar a instituciones educativas privadas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación; y que deben efectuarse para cubrir únicamente los servicios correspondientes a la enseñanza del alumno anteriormente indicados, de acuerdo con los programas y planes de estudio aplicables.

 

Se propone que dicha modificación entre en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF; en cuyo caso, la SHCP estaría obligada a expedir las disposiciones que sean necesarias para su la aplicación, dentro de los sesenta días siguientes de su entrada en vigor.

 

La referida Iniciativa de reforma será objeto de discusión y análisis en el Congreso de la Unión; por lo que habrá que esperar si es aprobada o no, durante el proceso legislativo.

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