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¿Cuándo se tiene por cumplida una sentencia de amparo que ordena una devolución?

¿Cuándo se tiene por cumplida una sentencia de amparo que ordena una devolución?

Fiscal legal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante una jurisprudencia, precisó que una sentencia de amparo en la que se ordena la devolución de dinero solo se considera cumplida cuando el monto es efectivamente reintegrado al contribuyente, es decir, no basta con que la autoridad informe que la cantidad está “a disposición” del gobernado, sino que debe acreditar que fue efectivamente entregada.


Por ello, es clave que los contribuyentes den puntual seguimiento a los términos y efectos establecidos en la sentencia, toda vez que el incumplimiento de ésta puede derivar en sanciones o responsabilidades para las autoridades. Lo anterior, en virtud de que el derecho del contribuyente a recibir lo que le corresponde debe garantizarse en tiempo y forma.

 

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